Año nuevo, vida nueva: Repensar reloaded.
La red de penalistas regresa a la carga;
ahora en blog.
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jueves, 4 de febrero de 2010

De alguna 'numeralia' interesante de nuestra constitución federal (ya longeva)

“Vivimos bajo una Constitución, mas la Constitución es lo que los jueces dicen que es.”  Charles Evans Hugles
JOSE CARLOS GUERRA AGUILERA.
1. La Constitución anterior de 1857, no fue derogada expresamente, ver los artículos transitorios primigenios de la Constitución Vigente y consultar el libro Constitución Política y Realidad de Elisur Arteaga Nava, editorial siglo XXI.
2. La palabra “vida” se le quitó, el 9 de Diciembre de 2005, ver articulo 14 de la Constitución ya mutilada. Es posible que sea de las pocas Constituciones que no proteja a la vida. Con fortuna existe el artículo 133 y los Tratados Internacionales que nos cobijan.
3. Cuando fue Presidente Emilio Portes Gil, en su periodo, se reformo la Constitución 2 veces; con Álvaro Obregón en su periodo se reformó 8 veces; con Pascual Ortiz Rubio 4 veces.
4. El Presidente Zedillo fue quien en su periodo mas se reformó la Constitución, con 77 veces, con De la Madrid, 66 veces, con Salinas 55, con Calderón 58 y con Fox solo 31 veces.
5. El artículo más reformado es el 73, que lo ha sido 60 veces, con 3 “fe de erratas” y una aclaración, (sic).
6. Los artículos de la Constitución que no se han reformado son 33 de 136, y son los números 7, 8, 9, 11, 12, 15, 23, 33, 38, 39, 40, 47, 50, 57, 62, 64, 68, 71, 80, 81, 86, 87, 91, 118, 120, 121, 124, 125, 126, 128, 129, 132 y 136.
7. El artículo más largo es el 27 y uno de los más largos del mundo en sus Constituciones.
8. Según la Cámara de Diputados las reformas son 487, mas 13 de los transitorios y hay un total de 500 reformas.
9. La primera reforma a la Constitución fue al siguiente día de su promulgación, el 6 de Febrero de 1917 y fue una “fe de erratas”
10. La fecha de entrada en vigor, que curiosamente pocos saben, fue el 1 de Mayo de 1917.
11. La última reforma fue el 24 de Agosto de 2009.
12. El día que mas reformas tuvo fue el 31 de enero de 1994, que se reformaron 27 de los 136 artículos y fueron los artículos 21, 55, 73, 76, 79, 89, 93, 94, 95, 96, 97, 98, 99, 100, 101, 102, 103, 104, 105, 106, 107, 108, 110, 111, 116, 122 y 123.
13. Preguntas inocentes e irreverentes: cuantas veces se habrá violado? Quienes la conocerán plenamente?

Comentarios: cggto@prodigy.net.mx

martes, 2 de febrero de 2010

Nueva sección: A bote pronto

La determinación de la reparación del daño, conforme a conocida jurisprudencia (registro IUS:175459), puede, precisarse y hacer efectivo en ejecución de sentencia. Tal proceder, en la práctica a ocasionado una serie de problemas, cuya discusión y reflexión será –sin duda- muy provechosa para todas y todos los operadores jurídicos.
Un primera cuestión: ¿la determinación de la reparación del daño debe tramitarse como un incidente no especificado (penal) o conforme a las normas del procedimiento civil?

Opina / participa !!

Palabras clave: artículo 603 código de procedimientos penales del estado de Michoacán/ jurisprudencia reparación del daño/legal/sentencia condenatoria/ejecución.